A día de hoy, aún existen muchas personas que no tienen muy
claras las diferencias que existen entre separación y divorcio. Como expertos abogados de familia en Madrid Moncloa,
queremos aprovechar este recién inaugurado blog para ir explicando de una
manera sencilla éstos y otros conceptos que creemos necesario tener claros.
Como expertos abogados
en derecho de familia en Madrid Moncloa queremos dejar claro que presentar
una solicitud de separación y una de divorcio son dos procedimientos diferentes
que tienen distintas consecuencias para la pareja.
La separación matrimonial supone la suspensión de la
convivencia reconocida legalmente tras la celebración del matrimonio. La
separación no supondrá por lo tanto el fin del matrimonio sino el final de la
vida en común de los cónyuges, la cual queda suspendida. Cuando se realiza este
trámite, se disuelve el régimen de gananciales si lo hubiera al igual que se
pueden suspender las donaciones hechas a favor del otro miembro de la pareja y
su posibilidad de heredar.
El divorcio, sin embargo, implica la disolución del vínculo
matrimonial. De esta forma, dos personas divorciadas pueden volver a contraer
matrimonio con otras personas. Entre las consecuencias de un divorcio está la
disolución del régimen económico matrimonial, la posibilidad de
heredar y en el caso de que hubiera hijos, las relaciones con los mismos
quedarán regidas por el convenio regulador que establezca el juez.
Lo que sí tienen en común tanto la solicitud de demanda de divorcio y la de separación es que no es necesario presentar
ninguna causa que la justifique. Sólo existe una exigencia legar para solicitar
ambas y es que hayan transcurrido un mínimo de tres meses desde la celebración
del matrimonio.
En Agustín
Revenga de la Herrán contamos con un gran equipo de profesionales que le
podrán atender en cualquier ámbito del derecho de familia, civil, penal e inmobilliario.
Diferencias entre separación y divorcio

17/11/201417 de Noviembre de 2014
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